🏢 Plan de emergencia para tu condominio
La Ley de Copropiedad (Ley 21.442) exige que todo condominio tenga un plan de emergencia y un plan de evacuación al día, elaborados y firmados por un ingeniero en prevención de riesgos. Revisa en 2 minutos si el de tu edificio cumple y, si falta algo, te conectamos con un profesional.
Ley 21.442 Lo que exige el artículo 40
- Todo condominio debe tener un plan de emergencia ante incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos, con las acciones antes, durante y después, y énfasis en la alerta temprana y la evacuación ante incendios.
- Lo elabora y lo firma un ingeniero en prevención de riesgos, cumpliendo la norma técnica que se oficialice. Cada actualización la firman además el presidente del comité de administración y el administrador.
- El plan de evacuación se actualiza al menos una vez al año, considerando el número de residentes y especialmente a personas con discapacidad, con movilidad reducida, infantes y población no hispanohablante, e incluye capacitación y simulacros según el tipo de evento.
- El plan de emergencia se actualiza cuando cambian las condiciones generales de seguridad, la seguridad contra incendios o las instalaciones de emergencia definidas en el permiso de edificación.
- En conserjería o recepción debe haber un archivo con el plan vigente y un plano con las vías de evacuación y las instalaciones de emergencia: grifos, red seca y red húmeda, grupo electrógeno, alumbrado de emergencia, detección de humo y alarmas, extinción, y las redes de agua, alcantarillado, electricidad, calefacción y gas.
- El plan y sus actualizaciones se entregan en papel y en formato digital a Carabineros y al Cuerpo de Bomberos de la comuna, que pueden hacer observaciones.
Resumen informativo, no asesoría legal. Texto oficial del artículo 40 en la BCN (versión vigente, consultada el 13 de octubre de 2026).
Autodiagnóstico: ¿tu condominio cumple?
Marca lo que ya tienen. Se guarda solo en este dispositivo.Pide contacto con un ingeniero en prevención de riesgos
Para administradores, comités y residentes. Cuéntanos del condominio y un profesional te contacta para hacer o actualizar el plan. Pedir contacto no te compromete a nada.
¿Eres ingeniero/a en prevención de riesgos?
Recibe solicitudes de condominios de las comunas donde trabajas. Te contactamos para explicarte cómo funcionan las derivaciones.
Preguntas frecuentes
¿Climalerta hace el plan de emergencia?
No. Por ley, el plan lo elabora y firma un ingeniero en prevención de riesgos. Climalerta te ayuda a revisar qué le falta al de tu condominio y te pone en contacto con un profesional que lo pueda hacer o actualizar.
¿Cada cuánto hay que actualizarlo?
El plan de evacuación, al menos una vez al año. El plan de emergencia, cada vez que cambian las condiciones de seguridad o las instalaciones de emergencia definidas en el permiso de edificación.
¿Dónde se entrega?
En papel y en formato digital a la unidad de Carabineros y al Cuerpo de Bomberos de la comuna. Además, una copia vigente debe quedar en conserjería o recepción.
¿Qué pasa con mis datos si pido contacto?
Los usamos solo para este requerimiento: se los pasamos a un ingeniero en prevención de riesgos para que te contacte. Ese profesional puede pagarle a Climalerta por la derivación; a ti no te compromete a nada. Detalle en la política de privacidad.